Un hombre y una mujer viven en regimen de matrimonio durante 9 años. Lo hacen en casa de la madre de él, osea de la suegra de ella. La casa por tanto está escriturada como propiedad de la madre y no debería entrar en el régimen de gananciales del matrimonio. Tienen dos hijas producto de ese matrimonio. La mujer conoce un día a otro pavo, rompe el matrimonio y tras un litigio el juez o la juez, dicta la siguiente sentencia:
-CONCEDE LA GUARDIA Y CUSTODIA DE LAS HIJAS A LA MADRE, PESE A QUE DURANTE MÁS DE 9 MESES VIVIERON CON EL PADRE, PORQUE LA MADRE SE FUE CON EL AMANTE.
- PENSIÓN COMPENSATORIA DE AL MENOS 2 AÑOS A FAVOR DE LA MUJER PORQUE NO TIENE TRABAJO.
- CONCEDE LA CASA DE LA MADRE DE ÉL, REPITO DE LA MADRE DE ÉL, COMO RESIDENCIA DE LA MUJER, DEL AMANTE Y LAS HIJAS.
Cornudo, apaleado y humillado.
Este país y ciertos jueces son ASQUEROSOS.
Es tremendo.La justicia de este país es para echar a correr y no parar.
ResponderEliminar